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La AEPD aclara cómo recoger datos de huéspedes sin vulnerar el RGPD

La AEPD aclara cómo recoger datos de huéspedes sin vulnerar el RGPD

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una nota informativa sobre el Real Decreto 933/2021, que regula las obligaciones de registro documental para actividades de hospedaje y alquiler de vehículos. El objetivo es garantizar el cumplimiento de la normativa sin infringir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

No se deben solicitar copias del DNI o pasaporte

La AEPD advierte que solicitar una copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vulnera el principio de minimización de datos (artículo 5.1.c del RGPD). Esto se debe a que:

  • El DNI contiene información excesiva (fotografía, fecha de caducidad, datos de los padres, etc.), que no es necesaria según el Real Decreto.

  • Supone un riesgo innecesario de suplantación de identidad.

  • El DNI no incluye todos los datos requeridos por la normativa, por lo que no basta por sí solo para cumplirla.

Alternativas para la recogida de datos

La AEPD propone métodos alternativos para recoger la información exigida en el Anexo I del Real Decreto 933/2021:

1. Uso de formularios

  • Los huéspedes pueden completar un formulario (presencial o en línea) con solo los datos obligatorios (nombre, apellidos, número de identificación, nacionalidad, etc.).

  • En caso de recogida presencial, basta con verificar visualmente que los datos coinciden con el documento de identidad mostrado.

2. Verificación en línea

  • Certificados digitales (como el DNI electrónico).

  • Concordancia con los datos del medio de pago.

  • Códigos de seguridad enviados al teléfono o correo electrónico del huéspede (datos que ya deben recogerse según el Real Decreto).

Conclusión

La AEPD subraya que el objetivo del Real Decreto es garantizar la seguridad ciudadana, no recabar datos innecesarios. Por ello, recomienda evitar la copia del DNI y optar por métodos que respeten el principio de minimización y reduzcan riesgos para los usuarios.

🔗 Más información: Consulta la nota completa aquí

Grabación de llamadas comerciales. ¿Obligación o derecho?

La grabación de llamadas comerciales, por tanto, no puede entenderse únicamente como una obligación impuesta a las empresas. También es un derecho que protege a los usuarios, garantizando que puedan acceder a la información que les concierne y que se ha tratado de manera transparente y conforme a la ley.

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Meta utilizará los datos de sus usuarios para entrenar su IA

Protección de Datos y Privacidad Meta, la empresa propietaria de Instagram, Facebook y WhatsApp, está actualizando las condiciones de privacidad de  sus usuarios de tal manera que autoricen el uso de sus datos (incluyendo fotos o publicaciones) para alimentar y entrenar su herramienta de Inteligencia Artificial (IA), salvo si se oponen a ello. Personalmente considero que el interesado o afectado (usuario) tendría que prestar su  consentimiento expreso, inequívoco e informado para poder proceder al tratamiento de sus datos personales por parte de Meta. Teniendo el derecho asimismo de retirarlo en cualquier momento (artículo 7.3 RGPD UE). No obstante, Meta reconoce el derecho de oposición del usuario al tratamiento de sus datos personales conforme a lo estipulado por el artículo 21.1 RGPD UE. Puesto que según la propia Meta, la base jurídica en la que se ampararán serán sus intereses legítimos de usar la información del usuario para desarrollar y mejorar la IA en Meta. El artículo 6.1. f) RGPD UE contempla como una base legitimadora para poder proceder al tratamiento de datos, la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado. Ahora bien, habría que comprobar si esos intereses legítimos alegados por el responsable del tratamiento (Meta) están justificados y son conformes a derecho. Sería interesante saber cuál sería la opinión de la autoridad de control nacional (AEPD), en un futuro pronunciamiento al respecto. Puesto que tales intereses legítimos no están nada claros.    Por otra parte hay que decir también que el ejercicio del derecho de oposición requiere de varios pasos que no son sencillos (requiere de siete acciones por parte del usuario), además la oposición nunca es completa, y no excluye a terceros, ni la cesión a terceras personas. Una prueba clara de que tal derecho no es completo, se encuentra en que la IA de Meta no distingue en las fotos entre los perfiles de usuarios que autorizaron el uso de sus datos personales del resto. De tal manera, que Meta no procede a informar sobre qué uso hace de los datos de terceros que no hayan dado su consentimiento previamente, entre los cuales podría haber datos de colectivos vulnerables como son los menores de edad. Según la propia Meta están trabajando en la nueva versión de la Política de Privacidad para que de esta manera refleje todos estos cambios. Esta nueva versión entrará en vigor el 26 de junio de 2024. En último lugar, procedemos a suministraros una URL con un vídeo donde podréis consultar los pasos a seguir para ejercitar el derecho de oposición al tratamiento de datos personales habilitado por Meta: derecho de oposición ante Meta

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Como crear contraseñas robustas en internet

Recomendaciones de interés para internautas Para poder preservar la privacidad en internet o en ámbitos digitales online es fundamental el uso de contraseñas fuertes o seguras. De esta manera podremos eludir accesos no autorizados por parte de terceros a nuestras cuentas. Por lo que procedemos a continuación a presentar una serie de consejos para de esta manera poder reforzar la seguridad y por lo tanto la privacidad de datos en entornos digitales. Es práctica común por parte de un sector de la ciudadanía el utilizar contraseñas poco robustas, con la amenaza o la inseguridad que esto implica. En muchas ocasiones, decidimos consumar la creación de una clave de acceso de manera rápida, sin tener en cuenta o sin  valorar las consecuencias que esto puede acarrear y el riesgo que puede entrañar. Por lo que el riesgo de que terceros no autorizados puedan tener acceso a nuestras cuentas puede ser múltiple o plural. A continuación vamos a proceder a proporcionar una serie de útiles consejos para reforzar nuestras contraseñas y así de esta manera que sean más seguras: Podemos seguir todos estos consejos descritos de manera asequible en una infografía alojada en la página web corporativa de INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad): https://www.incibe.es/ciudadania/formacion/infografias/crea-tu-contrasena-segura Dicha infografía ofrece una sistemática que se puede utilizar  cada  vez  que procedamos a registrarnos en un sitio web. A continuación reproducimos los pasos a seguir para poder crear una contraseña segura: Como medida de seguridad extra, INCIBE nos recomienda seguir también estos otros consejos para que los ciberdelincuentes no tengan nada que hacer: En último lugar, es muy importante tener en cuenta que cada usuario/persona  puede usar o emplear varias contraseñas diferentes con las implicaciones que esto entraña, siendo la más importante la dificultad para recordarlas todas ellas. La manera de evitar este notorio problema, es la utilización de un Gestor de Contraseñas con  una fiabilidad demostrada. Por lo que, utilizando este sistema, solamente sería necesario retener en la memoria la clave de acceso que hayamos seleccionado para entrar al Gestor de Contraseñas, la cual podemos denominarla contraseña madre, más conocida como clave maestra. Fuente: AEPD e INCIBE Otra entrada de interés: Controla tus datos personales en internet

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