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Grabación de llamadas comerciales. ¿Obligación o derecho?

En el ámbito de la privacidad digital, la grabación de llamadas comerciales ha sido un tema de intenso debate. ¿Se trata de una obligación impuesta por las normativas de protección de datos o de un derecho que garantiza la transparencia y el control de los usuarios sobre su información personal? La respuesta, como veremos, no es sencilla, pero se fundamenta en principios clave recogidos tanto en la legislación europea como en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La responsabilidad proactiva y la necesidad de acreditar el cumplimiento Uno de los pilares del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es el principio de responsabilidad proactiva. Este principio obliga a las empresas a demostrar que cumplen con las normativas de protección de datos en todo momento. En el contexto de las llamadas comerciales, la grabación de estas conversaciones se convierte en una herramienta esencial para acreditar que se han respetado los requisitos legales, como la obtención del consentimiento informado del usuario o la correcta información sobre el tratamiento de sus datos personales. Sin una grabación que documente el proceso, resultaría difícil, si no imposible, demostrar que se han cumplido estas obligaciones. Por tanto, la grabación no es solo una práctica recomendable, sino que, en muchos casos, se convierte en una necesidad para cumplir con el principio de responsabilidad proactiva. El derecho de acceso del usuario y la reproducción auténtica de datos Otro aspecto fundamental es el derecho de acceso que tienen los usuarios a sus datos personales. Este derecho, recogido en el artículo 15 del RGPD, incluye la posibilidad de obtener una copia de los datos que están siendo tratados. En el caso de las llamadas comerciales, esto implica que el usuario tiene derecho a acceder a una reproducción auténtica de la conversación en la que se han tratado sus datos personales. Este punto fue reforzado por la sentencia del TJUE de 4 de mayo de 2023 (asunto C-487/21, apartado 28), en la que se estableció que el derecho de acceso incluye “el derecho a obtener una reproducción auténtica de sus datos personales, entendidos en un sentido amplio, que sean objeto de operaciones que deben calificarse de tratamiento por parte del responsable de ese tratamiento”. En otras palabras, si una llamada comercial implica el tratamiento de datos personales, el usuario tiene derecho a acceder a una grabación de esa conversación. ¿Obligación o derecho? La grabación de llamadas comerciales, por tanto, no puede entenderse únicamente como una obligación impuesta a las empresas. También es un derecho que protege a los usuarios, garantizando que puedan acceder a la información que les concierne y que se ha tratado de manera transparente y conforme a la ley. Para las empresas, la grabación es una herramienta indispensable para demostrar el cumplimiento de las normativas de protección de datos y para facilitar el ejercicio de los derechos de los usuarios. Para los usuarios, es una garantía de que sus datos personales se están tratando de manera adecuada y que pueden acceder a ellos en cualquier momento. Conclusión En definitiva, la grabación de llamadas comerciales es tanto una obligación como un derecho. Es una obligación para las empresas, que deben cumplir con el principio de responsabilidad proactiva y garantizar que pueden demostrar el cumplimiento de la normativa. Y es un derecho para los usuarios, que pueden acceder a una reproducción auténtica de sus datos personales y ejercer un mayor control sobre su información. En un mundo cada vez más digital, donde la privacidad y la protección de datos son temas críticos, la grabación de llamadas comerciales se erige como una práctica esencial para equilibrar las responsabilidades de las empresas con los derechos de los usuarios. Desde la Asociación Española para la Privacidad Digital, abogamos por un enfoque que priorice la transparencia, la responsabilidad y el respeto por los derechos fundamentales de los individuos. Este artículo no solo busca informar, sino también fomentar la reflexión sobre cómo las empresas y los usuarios pueden colaborar para garantizar un tratamiento de datos más seguro y transparente. La privacidad digital es un derecho que debemos proteger entre todos.

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La Lista Stop Publicidad: Un paso adelante en la protección de tu privacidad digital

En un mundo cada vez más digitalizado, donde la publicidad online parece seguirnos a cada clic, la protección de nuestros datos personales se ha convertido en una prioridad. Por eso, la reciente publicación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) nos llena de optimismo. El pasado 31 de enero de 2025, la AEPD publicó en su web la Lista Stop Publicidad, un nuevo sistema que permite a los ciudadanos oponerse a la publicidad directa no deseada, ejerceriendo de este modo un mayor control sobre cómo y cuándo se utilizan sus datos para fines publicitarios. ¿Qué es la Lista Stop Publicidad? La Lista Stop Publicidad es un sistema que permite a los ciudadanos inscribirse para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas. Este servicio, disponible en la web Lista Stop Publicidad, está diseñado para aquellas personas que no desean ser contactadas por empresas con fines publicitarios, ya sea por correo postal, telefónico, electrónico o incluso a través de redes sociales y sistemas de mensajería instantánea. Esta última característica es especialmente relevante en un momento en el que plataformas como Facebook, Instagram, WhatsApp o Telegram se han convertido en canales habituales para la publicidad dirigida. Ahora, los usuarios pueden indicar expresamente que no desean recibir publicidad en estos medios, lo que supone un avance significativo en la adaptación de la normativa de protección de datos a los nuevos hábitos de consumo digital. Comparación con la Lista Robinson Muchos recordarán la Lista Robinson, un sistema similar que lleva años funcionando en España para limitar el envío de publicidad no deseada. Sin embargo, la Lista Stop Publicidad va un paso más allá. Mientras que la Lista Robinson se centraba principalmente en el correo postal, telefónico y electrónico, la nueva lista incorpora los canales digitales más utilizados hoy en día, como las redes sociales y las aplicaciones de mensajería. Además, la Lista Stop Publicidad nace como una iniciativa de particulares asociados para luchar por la privacidad digital, a diferencia de la Lista Robinson que representa los intereses de las empresas anunciantes y prestadoras de servicios publicitarios. ¿Cómo funciona? El proceso es sencillo, accesible para todos y gratuito: Este sistema no solo empodera a los usuarios, sino que también simplifica el proceso de ejercer nuestros derechos, evitando tener que contactar individualmente con cada empresa que utiliza nuestros datos. Repercusión en los medios La noticia de la creación de la Lista Stop Publicidad ha tenido una amplia repercusión en los medios de comunicación, destacando la importancia de esta iniciativa en sus secciones de tecnología y sociedad. Además, medios especializados en tecnología como Xataka y Genbeta han analizado en profundidad las implicaciones de la lista, destacando su potencial para reducir el exceso de publicidad personalizada y mejorar la experiencia digital de los usuarios. ¿Por qué es importante? La publicidad no deseada es una de las principales quejas de los ciudadanos en materia de privacidad. Según estudios recientes, el 70% de los usuarios se sienten incómodos con la cantidad de publicidad personalizada que reciben. Además, muchas veces no sabemos cómo nuestros datos han llegado a manos de determinadas empresas. La Lista Stop Publicidad no solo puede reducir el ruido publicitario, sino que también pretende contribuir a un uso más ético y transparente de los datos personales. Es un recordatorio de que nuestras decisiones sobre cómo se utilizan nuestros datos deben ser respetadas. Un llamado a la acción Desde la Asociación Española para la Privacidad Digital, celebramos esta iniciativa y animamos a todos los ciudadanos a utilizarla. La privacidad es un derecho fundamental, y herramientas como esta nos ayudan a ejercerlo de manera efectiva. Sin embargo, también es importante recordar que la responsabilidad no recae únicamente en las instituciones. Como usuarios, debemos ser conscientes de cómo compartimos nuestros datos y qué permisos concedemos a las plataformas y servicios que utilizamos. La Lista Stop Publicidad es un paso más hacia un entorno digital más seguro y respetuoso con nuestros derechos. Pero el camino no termina aquí. Seguiremos trabajando para que la privacidad digital sea una realidad accesible para todos. Si aún no lo has hecho, regístrate en la Lista Stop Publicidad. Tu privacidad te lo agradecerá. Para más información, consulta la página oficial de la LISTA STOP PUBLICIDAD José Manuel de Ramón RodríguezPresidente de la Asociación Española para la Privacidad Digital

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Cese de Mar España y la transición en la AEPD

El cese de Mar España y la transición en la AEPD: un nuevo capítulo en la protección de datos en España El reciente cese de Mar España como directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) marca el fin de una etapa crucial en la historia de la institución. Tras casi una década al frente, su gestión dejó un legado significativo en la protección de los derechos digitales y en la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en España. Un liderazgo enfocado en la privacidad y los colectivos vulnerables Mar España asumió la dirección de la AEPD en julio de 2015, enfrentándose a una era de cambios tecnológicos sin precedentes. Bajo su mandato, la agencia se convirtió en una referencia europea en la protección de datos, imponiendo sanciones ejemplares y promoviendo iniciativas educativas para concienciar a la ciudadanía sobre sus derechos en el entorno digital. Su trabajo destacó especialmente por su enfoque en la protección de colectivos vulnerables, como menores, personas mayores y víctimas de violencia de género. Además, impulsó una mayor colaboración con entidades públicas y privadas para garantizar un uso ético de los datos personales en un mundo digital cada vez más complejo. Los desafíos del cambio de liderazgo El cese de Mar España se formalizó mediante un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, abriendo paso a un cambio de liderazgo en la AEPD. Este relevo llega en un momento crítico, con la rápida evolución de tecnologías como la inteligencia artificial, el big data y los sistemas de reconocimiento facial que plantean nuevos retos a la privacidad y la protección de datos. Los posibles sucesores El Gobierno ha propuesto al catedrático Lorenzo Cotino Hueso como nuevo presidente de la AEPD, acompañado por Antonio Troncoso Reigada como adjunto. Ambos perfiles representan enfoques complementarios que, de ser ratificados, podrían posicionar a la agencia como una entidad más estratégica y proactiva ante los desafíos globales en materia de protección de datos. Un futuro incierto pero prometedor La transición en la dirección de la AEPD se produce en un contexto de alta expectativa sobre el papel de las instituciones de privacidad en Europa. La agencia tiene la oportunidad de consolidarse aún más como referente internacional, liderando iniciativas que refuercen los derechos digitales en un entorno globalizado. El reto para el próximo liderazgo será garantizar la continuidad del trabajo realizado, adaptándose al mismo tiempo a los rápidos avances tecnológicos que redefinen constantemente los límites de la privacidad y la protección de datos.

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Paralizado el proyecto de Meta sobre el entrenamiento de la IA con datos de sus usuarios

Aplazado el lanzamiento de la IA de Meta Meta Platforms, Inc., anteriormente conocida como Facebook, Inc., es una empresa estadounidense de tecnología y redes sociales fundada por Mark Zuckerberg. Es conocida por su plataforma de redes sociales Facebook, así como por Instagram, WhatsApp y Messenger. En 2021, la empresa cambió su nombre a Meta para reflejar su enfoque en construir el «metaverso», un espacio virtual compartido.En cuanto a la situación reciente de Meta y su inteligencia artificial (IA) en Europa:♦️ Regulación y Privacidad: La Unión Europea ha sido muy estricta en cuanto a la regulación de datos y la privacidad, implementando leyes como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR). Estas leyes imponen fuertes restricciones y requisitos sobre cómo las empresas pueden recopilar, almacenar y utilizar los datos personales de los usuarios.♦️ Multas y Sanciones: Meta ha enfrentado varias sanciones en Europa debido a violaciones de privacidad.♦️ Desafíos Legales: Recientemente, Meta ha enfrentado desafíos legales específicos relacionados con sus sistemas de IA, incluyendo la forma en que se utilizan los datos de los usuarios para entrenar algoritmos y personalizar contenido.♦️ Cambios en las Políticas: Para cumplir con las regulaciones europeas y mitigar riesgos legales, Meta ha tenido que ajustar sus políticas y prácticas, especialmente en relación con la IA y la privacidad de los datos. Esto incluye cambios en la forma en que recopilan el consentimiento de los usuarios, gestionan los datos y explican sus procesos de IA.♦️ Futuro de la IA de Meta en Europa: El futuro de la IA de Meta en Europa sigue siendo incierto, ya que depende de cómo la empresa se adapte a las regulaciones en constante evolución y las demandas de privacidad de los usuarios europeos. La empresa debe equilibrar la innovación en IA con el cumplimiento de estrictas normativas de privacidad y protección de datos. Meta anunció hace unos días que ha puesto en pausa el entrenamiento de su IA con datos de sus usuarios en Europa tras una solicitud del regulador de privacidad de Irlanda, donde la empresa tiene su centro de operaciones internacionales. La Comisión Irlandesa de Protección de Datos ha celebrado la decisión de Meta de pausar sus planes para entrenar su modelo de lenguaje de gran tamaño usando contenido público compartido por adultos en Facebook e Instagram en la Unión Europea. La compañia Meta ha expresado su decepción por el paso dado por la DPC, argumentando que ya se había incorporado las exigencias de los reguladores y que las autoridades de protección de datos estaban avisadas desde marzo 2024. Meta también ha hecho público que están muy seguros de que su método cumple con las leyes y regulaciones europeas. Al mismo tiempo Meta ha reafirmado su compromiso de llevar su IA a Europa.

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