¿Puedo hacer publicidad por WhatsApp y que no me sancionen?

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La respuesta es afirmativa, puedes hacer publicidad por WhatsApp, pero has de tener en cuenta las condiciones que la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico) impone.

Lo que comentamos seguidamente es válido para las llamadas telefónicas, SMS, internet u otros medios electrónicos.

WhatsApp es la red social de mensajería preferida de los españoles, más de 25 millones de españoles la usan de forma preferente a otros sistemas de mensajería.

Condiciones para enviar publicidad por WhatsApp

  • Que se indique que es publicidad o comunicación comercial.
  • Que se diga la persona o empresa que anuncia.
  • El contacto al que te diriges debe haber solicitado o autorizado antes su aceptación de forma expresa. Aunque si el contacto ya contrató previamente un servicio o producto similar puedes enviarle publicidad. Ejemplos: Cliente de restaurante del que tienes el teléfono porque hizo una reserva anteriormente. Cliente que compró algún producto o servicio.
  • Siempre tienes que ofrecerle la posibilidad de que el contacto se oponga a recibir publicidad en cada una de los envíos publicitarios como en el momento que recoges su número de teléfono por primera vez. Deberías poder demostrarlo.

¿Cómo se puede demostrar que el contacto me ha autorizado o solicitado el envío de publicidad por WhatsApp?

Una posibilidad es enviarle un primer mensaje en el que le preguntas si te permite enviarle publicidad o promociones interesantes.

Debes guardar el mensaje de respuesta que te envie. Ésto es fácil en whats-App. Así podrás demostrar en cualquier momento que el contacto te autorizó los envíos de publicidad.

Y para bordarlo puedes decirle, al final de tu mensaje, que si no quiere recibir más mensajes publicitarios que te envíe un mensaje indicando que ya no quiere recibirlos.

Si el contacto me permitió enviarle publicidad, ¿puede anularlo?

El contacto tiene el derecho a anular la autorización en cualquier momento. En el caso de que se le envíe publicidad después de retirar su permiso puede acudir a la AEPD y reclamar, nuestra asociación también te ayuda para realizar estas reclamaciones.

Normalmente la Agencia Española de Protección inicia un procedimiento y, en su caso, advierte a la persona o empresa que envía la publicidad de que deje de realizarla si no cumple las condiciones.

Aunque si las reclamaciones fueran varias por los mismos motivos es probable que imponga una multa. (200-2000€ aprox.).

Publicidad de un servicio que es gratis o de un regalo.

Aunque la publicidad sea de un servicio o regalo gratuito debes cumplir con las condiciones que hemos comentado al principio, si no las cumples puedes ser sancionado.

No añadir como contactos teléfonos de personas o empresas sin su permiso.

Te recomiendo no añadir como contacto a personas o empresas a las que vayas a enviar publicidad si has conocido su teléfono por medio de internet o redes sociales. Pueden denunciarte.

Muchas personas se han registrado en la Lista Stoppublicidad o Lista Robinson para evitar el envío de publicidad o promociones.

En cualquier caso deberías consultar si están registradas antes de enviar mensajes publicitarios.

Debes saber que los envíos de mensajes masivos son detectados y WhatsApp cuida mucho de que cumplas con las leyes. El spam está muy castigado.

Te aconsejo hacer publicidad a pocos destinatarios cada día, de éste modo tu alcance será mayor y no tendrás los problemas de limitación de envío de mensajes. WhatsApp detecta cuando los mensajes se envían de forma automatizada, por ejemplo: gran cantidad de mensajes enviados en diez segundos.

Algunos ejemplos de multas por realizar spam.

Multa de 900 € a empresa que envía sms a persona sin estar suscrita ni haber aceptado recibir publicidad sobre sus servicios.

Multa de 4.800 € a una asesoría de empresas por enviar correos electrónicos a una persona que había indicado que no quería recibir publicidad y que le sacaran de su lista de distribución.

En este ejemplo se cometen varias infracciones más, como fueron: tratamiento ilícito de datos personales, inexistencia de política de privacidad en la web e inexistencia de política de cookies.

Multa de 10.000 € por spam telefónico. La compañía eléctrica hace llamadas ofertando descuento en la factura de electricidad. Con el agravante de que el destinatario de las llamadas estaba registrado en la Lista Robinson limitando las llamadas publicitarias al número de teléfono en las que las recibía.

Ninguno de los ejemplos expuestos corresponden a publicidad realizada por whatsapp, sino por sms, llamadas telefónicas o emails.

Ello no implica que la publicidad realizada por whastapp tiene la misma consideración a la hora de determinar la sanción. La posibilidad de que quien te denuncie pueda probar la publicidad enviada es alta y ello se une a la facilidad para probar que el envío ha sido realizado.

Sólo debe guardar una pantallazo de la publicidad enviada en la que se vea el teléfono de quien lo envía. Y puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Si la persona que te denuncia ha registrado su número de teléfono en alguna de las listas de exclusión publicitaria como son Lista StopPublicidad o Lista Robinson, la multa será más elevada seguramente.

Actividades que deben cumplir con las condiciones indicadas y con la LSSI.

  • Información y publicidad.
  • Comercio electrónico.
  • Contratación en línea.
  • Servicios de intermediación.

Aunque quedan excluidos del ámbito de la LSSI:

  1. Los servicios prestados por Notarios y Registradores de la propiedad y mercantil en el ejercicio de sus respectivas funciones públicas.
  2. Los servicios prestados por abogados y procuradores en el ejercicio de sus funciones de representación y defensa en juicio.
Publicidad por whatsapp digital privacy

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